En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesta por el ciudadano YOLVIN ELIU MARRERO INFANTE, debidamente asistido por el abogado YVAN ZERPA QUINTANA contra la Sentencia Definitiva dictada por el Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, en fecha 21 de marzo de 2011, en el expediente N° 10-1.448 de la nomenclatura de ese Tribunal, contentivo de demanda de Obligación de Manutención.
SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, queda firme la sentencia apelada. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niña.....