Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: con lugar la inhibición planteada por el ciudadano José maría Galíndez Kingsley, en su condición de juez temporal de esta Alzada. SEGUNDO: se ordena librar convocatoria al Juez suplente correspondiente. TERCERO: queda suspendido el lapso para resolver la admisión del recurso, el cual se reanudará una vez se constituya la Sala Accidental de esta Corte Superior.