DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno Propiedad del estado Venezolano, denominado "Fundo Don Tomas", constante de una superficie aproximada de trescientos cincuenta y un hectáreas con mil seiscientos cincuenta y ocho metros cuadrados (351 has, con 1.658 mts2), ubicado en el Sector Herrera-La Vaca, Parroquia Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terrenos ocupados por Luís Avendaño, SUR: Terrenos ocupados por Vittorio Segura Borchi, ESTE: Caño Las Abejas y OESTE: Terrenos ocupados por Pío Reverón, a fa.....