En este estado se da así inicio a la Audiencia Preliminar, a cuyos efectos las partes han llegado al siguiente acuerdo: La parte Demandada: INVERSIONES KEMIREN, ofrece pagar a la parte Actora ciudadana LISETH YOSMAR QUINTERO PEREIRA, cédula de identidad NºV-11.251.328, la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.2.500,00), mediante cheque a nombre de la ciudadana LISETH YOSMAR QUINTERO PEREIRA, cédula de identidad NºV-11.251.328, a cuyos efectos, dicho pago se efectuará en tres partes la primera de ellas se entrega en el día de hoy 30-09-2008, mediante cheque girado contra el Banesco Banco Universal, por la cantidad de Bs.F.500,00; la segunda de ellas el día 30 de octubre de 2008, por Bs.1.000,00 y la cantidad de Bs.F.1.000,00, el 24 de noviembre de 2008. Asimismo, se ordena agregar a los autos en un folio útil, copia simple del instrumento valor, mediante el cual se da cumplimiento al primer pago. En tal sentido, las partes se obligan a consignar por ante la Unidad de R.....