Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RENE JAVIER RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-8.716.418, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 155.987, en su carácter de abogado asistente, representándose personalmente, con domicilio procesal en la calle Deleite Sur, cruce con calle 05 de Julio, casa número 81-1, Valle de la Pascua, estado Guárico, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA PLANCO C.A., en la persona del ciudadano DAVID GARZON, en su carácter de jefe de la obra o en su defecto sus representantes legales o estatutarios, en el siguiente domicilio: Calle 08,.....