Es por los razonamientos anteriormente expuestos, que éste tribunal de Primera Instancia de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de la ciudadano: YULI DEL CARMEN PADILLA GARCIA donde aparece como victima YARITZA RAMONA CAMARIPANO, venezolana, mayor de edad, natural de las Mercedes del Llano, Estado Guarico, de 25 años de edad, nacida en fecha 03-12-76, soltera de profesión u oficio Secretaria, titular de la cedula de identidad No- 12899783, conforme al dispositivo previsto en el Artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.-