Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda Nueva Prórroga de Medida de Protección, en los mismos términos anteriores, a favor del ciudadano EDIMAR WILFREDO QUINTERO SALGADO, cédula de identidad V-14.394.970, venezolano, mayor de edad, funcionario de Poliguárico, Zona 01, de esta ciudad, donde puede ser ubicado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 120 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se ordena por un lapso de Noventa (90) días más, y en consecuencia, acuerda oficiar lo conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas con sede en San Juan de los Morros, Estado Guárico, para que realicen patrullaje constante por ante la residencia de dicho ciudadano.
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