Sobre la base de los anteriores argumentos este Juzgado Cuarto de de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: IMPROCEDENTE, la medida cautelar de suspensión de los efectos del acto recurrido Providencia administrativa Nº. 0145-2011 dictado en el expediente Nº 197-11, de fecha 6-4-2011, emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos solicitada por la reclamante, ciudadana JOHALIS SOGUDY ANZOLA.