Vista de la proposición de Obligación de Manutención realizada por el Ciudadano: JORGE LUIS VELASQUEZ HERRERA, venezolano, mayor de edad, casado, vigilante, titular de la Cèdula de Identidad Nº V-12.597.552, parte demandada en el presente juicio (Exp. Nº 1561-15), donde propuso la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000.00) mensual, así como también cumplir con los gastos de la época decembrina en un 75%, y médicos y medicinas cuando lo amerite, y la aceptación de la misma por parte de la Ciudadana: IRAIDA MARGARITA QUEREIGUA DELGADO, quien actúa en representación de sus hijos (identificados en autos); El TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LO DA POR TERMINADO CONSUMADO E IMPARTE SU HOMOLOGACIÒN, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, que la actora aperturarà cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario de esta localidad, la cual será movilizada y administrada por ella, sin previo autorización de es.....