En vista de los razonamientos anteriormente esgrimidos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la pretensión contenida en la demanda de mero declaración de propiedad incoada por la ciudadana FIORDALIZA HERNÁNDEZ JIMÉNEZ.
No hay especial condena en costas.
Publíquese y regístrese.