En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos dispuesto en el artículo 253 del Texto Constitucional y por autoridad de la Ley, decide:
-PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la pretensión que por DESALOJO incoara la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA TXIKI C.A., en contra del ciudadano PEDRO PABLO SANTANA CARVALLO, ambas partes plenamente identificadas en el fallo.
-SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del proceso a la parte demandante en la causa, al resultar totalmente vencida en la misma.
-TERCERO: Se hace del conocimiento de las partes que el presente fallo es proferido dentro del lapso legal que dispone el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil y su diferimiento de fecha 21 de Enero de 2011, por lo que resulta inne.....