pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta el Procedimiento Abreviado en el presente caso, de conformidad con lo pautado en los artículo 248, 249, 372 numeral 1. y 373, todos del Código Adjetivo Penal y se declaran los hechos como flagrantes por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano ENCARNACIÓN VELÁSQUEZ CAMPOS.
SEGUNDO: Se decretan Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad al imputado LUIS ENRIQUE GUZMAN MIJARES, ampliamente identificado en este mismo fallo, de las establecidas en los numerales 3., 6. y 9. del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 260 eiusdem., por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano ENCARNACIÓN VELÁSQUEZ CAMPOS.
TERCERO: Se declara parcialmente CON LUGAR las soli.....