Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del presente juicio que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentado por la actora plenamente identificada, contra la Alcaldía Mayor.- SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano MAGDA IRIS MORALES DIAZ, en contra la demandada ALCALDÍA MAYOR DE SALUD DEL DISTRITO METROPOLITANO.- TERCERO: Se ordena el reenganche de la ciudadana trabajadora a su sitio habitual de trabajo, con el consiguiente pago de los salarios caídos, desde la fecha de la notificación de la demandada, hasta su efectiva reincorporación.- CUARTA: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-.....