Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos GERMID PATERNINA RIOS y FARIDES ISABEL BUELVAS DE PATERNINA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-13.271.129 y V-14.103.400 ambos respectivamente.SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos el 22 de Diciembre de 1980, ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador Del Distrito Capital, consignando a tales efectos copia certificada del acta Nº 584, del año 1980.