DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 02 de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Autoriza al penado Israel Istúriz Navas, plenamente identificado en actas, a asistir a la ciudad de Altagracia de Orituco, durante el lapso de Doce (12) Horas, en cualquier día laborable comprendido entre el 04 y 08 de, quien deberá ser custodiado por efectivos de la Guardia Nacional o de la Penitenciaría General de Venezuela, con las seguridades del caso, todo conforme a lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y literal c del artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, declarándose de esta forma, Con Lugar el permiso solicitado por el penado. Regístrese, publíquese, déjese copia, Ofíciese al centro penitenciario y a la Guardia Nacional. Notifíquese. Cúmplase.
El Juez,
Abg. Héctor Tul.....