Remítase igualmente Copia certificada de la decisión correspondiente a la audiencia preliminar de fecha 06 de noviembre 2003 cursante a los folios (115) al (119) de la pieza N° 01 del presente asunto. Así mismo se ordena remitir con oficio el presente cuaderno de INHIBICIÓN a la CORTE DE APELACIONES de este Estado Guárico, a los fines de la resolución de la misma, ordenándose la remisión del asunto principal a la Oficina de Alguacilazgo de esta extensión penal para que sea distribuido a otro Tribunal de Juicio. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio a la oficina de alguacilazgo a los fines de la obtención de los fotostátos . Abrase cuaderno de inhibición. Líbrese Oficio de remisión ordenado. Notifíquese a las partes .Cúmplase.