Queda en consecuencia confirmado el fallo apelado, y este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte demandada contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, de fecha 27 de mayo de 2014, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano: SABAS GUILLERMO OLIVARES, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 13.461.908, contra la entidad de trabajo, INVERSIONES POSI-MED, C.A.(RESTAURANT-PIZZERIA), inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, y Estado Miranda, en fecha, 03 de febrero de 2014, bajo el N° 53, tomo 864-A. TERCERO: S.....