Se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jhacovi Lázaro Ainagas, Defensor Público Penal N° 3 (e), en su condición de defensor del penado Miguel Arcadio López, contra la decisión de fecha 19/06/07, dictada por el juez de ejecución N° 1 del estado Guárico, Extensión Calabozo, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de prescripción de la pena. En consecuencia se revoca la decisión judicial impugnada y declara consumada la prescripción de la pena impuesta al ciudadano Miguel Arcadio López, mediante sentencia definitivamente firme, dictada el día 23/04/99 por el Juzgado Superior Segundo en lo Penal del estado Guárico. Todo de conformidad con el artículo 112 del Código Penal Venezolano.