Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por LENNYS ALEXANDRA CORDERO VARGAS y FRANK HENRRY MARTINEZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 20.260.120 y 14.893.016, respectivamente, y ambos de este domicilio; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante La Registro Civil del Municipio Leonardo Infante del estado Guárico, en fecha 29 de Diciembre de 2010, según acta Nº 427.