III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por el ciudadano FRANCO MIGUEL GLORIOSO CABRERA, frente a su cónyuge MARIA ELENA MEDINA MOSQUEDA, ambos identificados anteriormente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos el día 8 de septiembre de 1992, por ante el Registro Civil de la Parroquia José Antonio Páez, Municipio Autónomo Girardot del estado Aragua, según consta en Acta Nº 790, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios del mismo año. Se ORDENA librar oficios a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia José Antonio Páez, Municipio Girardot del estado Aragua; al Registro Principal del estado Aragua, y a la Junta Regional Elect.....