DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hechos y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, con sede en esta ciudad, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda la APERTURA del procedimiento para optar a la formula alternativa de cumplimiento de pena en la modalidad de REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 19 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor de los penados: Martha Carolina Guerra Reyes, quien es venezolana, soltera, natural de Guacara, Estado Carabobo, de 27 años de edad, nacida el 03-03-1980, oficios del hogar y titular de la cédula de identidad V-15.975.638; y, Segundo Clodomiro Rodríguez, quien es venezolano, soltero, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, de 44 años de edad, nacid.....