este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de niños, niñas y Adolescentes, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana : DEYSI VIRGINIA ROJAS, en representación de sus hijos : XXXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXXXXX, con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCIÒN, por tanto la suma establecida es la cantidad de TRESCIENTOS NUEVE MIL CON SESENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs.309,64), que es el monto equivalente al 20% del salario mínimo Nacional Urbano, que está establecido en la cantidad de MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs. 1548,21), que deberá el ya identificado suministrar a sus hijos identificada en autos, por mensualidad adelantada. Igualmente al obligado, "demandado", CARLOS JOSE SOLER CARAPA, deberá colaborar con la compra de uniforme y útiles escolares e.....