Este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la acción de amparo constitucional, interpuesta por la ciudadana NAYLIS MARÍA MARTÍNEZ BLANCO (Cédula de Identidad Nº 19.161.539), en su carácter de Concejal Principal del MUNICIPIO JUAN JOSÉ RONDÓN DELGADILLO; en consecuencia se ordena:
1) Que de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Constitución de la República de Venezuela el Concejo Municipal del Municipio Juan José Rondón Delgadillo del estado Bolivariano de Guárico sea integrada de manera inmediata la Concejala elegida en la forma establecida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes respectivas, a saber, la ciudadana NAYLIS MARÍA MARTÍNEZ BLANCO (Cédula de Identidad Nº 19.161.539).
2) Que se suspenda los efectos de la medida de sanción anticipada por un l.....