DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: declina el conocimiento de la presente causa penal, solicitud según OFICIO Nº 6C-123-10 de fecha 18-01-2010 por encontrarse solicitada por el Juzgado Sexto de Control de ESTADO MONAGAS, por el delito de VIOLACION DEL DERECHO AL TRABAJO por lo que se declina la Competencia del presente asunto penal a la jurisdicción MONAGAS, Asunto Nº NJ01-P-2009 seguida al ciudadano CARLOS JULIO GUERRA titular de la Cédula de Identidad Nº 9.894.122, nacido en fecha 05-02-64, de 45 años de edad, Estado Civil Soltero, Profesión u Oficio carpintero, Residenciado El Parquecito, calle 105, casa 13, Brisas del Aeropuerto, Estado Monagas. En virtud de que el mismo e.....