Este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) ADMITE LA HOMOLOGACIÓN DELA TRANSACCIÓN celebrada entre la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLÍCIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO), y el ciudadano JOHNNY JOSÉ CARRASQUEL HERNÁNDEZ(Cédula de Identidad Nº V-11.123.636), asistido de abogado en el presente asunto.