Por las razones, antes expuestas, este Tribunal Primero Penal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial de la Circunscripción del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO, como formula de cumplimiento de la pena, a favor del penado WLADIMIR JOSE SIFONTES, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 19.725.754, NATURAL DE SAN JUAN DE LOS MORROS, ESTADO GUÁRICO, SOLTERO, DE OFICIO VIGILANTE, NACIDO EN FECHA 02-01-1984, DE 27 AÑOS DE EDAD, RESIDENCIADO EN LOS LAURELES, CALLE 08 DE OCTUBRE, CASA N°06, DE SAN JUAN DE LOS MORROS, ESTADO GUARICO, HIJO DE NAQUITA RAFAEL SIFONTES, ACTUALMENTE RECLUIDO EN EL INTERNADO JUDICIAL DE ARAGUA ( TOCORON) ), de conformidad con lo establecido en los artículos 471 numeral 1 y el articulo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido .....