este Tribunal Cuarto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda:
PRIMERO: La acumulación de los asuntos distinguidos con la nomenclatura JP51-L-2010-000023, JP51-L-2010-000024, JP51-L-2010-000034, JP51-L-2010-000044, JP51-L-2010-000047, JP51-L-2010-000045, JP51L2010000049, admitidos en fechas: 22 de Enero de 2010, 22 de enero de 2010, 25 de enero de 2010, 26 de enero de 2010, 26 de enero de 2010, 26 de enero de 2010 y 26 de enero de 2010, respectivamente, a la causa número JP51-L-2010-000311 admitido el 14 de junio de 2010; ello para mantener la unidad de procedimiento y dirección adecuada del presente juicio de conformidad con el artículo 79 del Código de Procedimiento Civil en aplicación analógica permitida por el art.....