Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana GLEISI NOHEMI ORTEGA HERRERA, Venezolana, mayor de edad, soltera, natural de Valle de la Pascua, estado Guárico, fecha de nacimiento: 22-07-1.980, titular de la cédula de Identidad número V.-15.822.547, residenciada en la calle principal de Las Perlas, casa de color verde con amarillo número 13, Las Mercedes del Llano, estado Guárico, teléfono 0414-297.55.89 y debidamente asistida por el Procurador de los Trabajadores, ciudadano RICHARD MANUEL TORREALBA CASTILLO, titular de la cédula de Identidad número V.-10.975.986 e inscrito en el Instituto de Previsión.....