En este estado, solicita la palabra el co-apoderado judicial de la parte recurrente y manifiesta que en este acto desiste de la acción, por cuanto el patrono y el trabajador, celebraron una transacción y se le cancelaron sus prestaciones sociales, las indemnizaciones y demás beneficios laborales que le correspondían, lo cual consta en el asunto signado con el Nº JP51-L-2013-000254 que cursa por ante el Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este circuito laboral, transacción que consigna en copias fotostáticas constante de cinco (05) folios útiles. Acto seguido toma la palabra el Ciudadano Juez y declara DESISTIDO EL PROCESO e imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL, dándole efecto de cosa juzgada, de conformidad al Articulo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, dando así por concluida la presente Audiencia de Juicio. Se deja constancia que esta Audiencia de Juicio, fue reproducida videográficamente por lo que se estima in.....