En mérito de las consideraciones precedentes este Juzgado Segundo de primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano AGUSTIN CANTORIS VERA C.I. 8.559.175 en contra de LENIS BUANERGE CORONADO MEDINA C.I. 8.910.685.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano LENIS BUANERGE CORONADO MEDINA C.I. 8.910.685 cancelar al ciudadano AGUSTIN CANTORIS VERA C.I. 8.559.175 las cantidades que reespecifican en la sentencia.