En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Primer Aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN en el Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano JOSE ISABEL TOVAR cedula de identidad N° 5.154.170, contra el ciudadano ARNOLDO MATÍAS GONZALEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.682.142.- SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano JOSE ISABEL TOVAR, ya identificado, contra el ciudadano ARNOLDO MATÍAS GONZALEZ GONZALEZ, previamente identificado. TERCERO: No hay condenatoria en costas, por cuanto no consta en autos que el demandante percibiera más de tres salarios mínimos.
Quedan notificadas las partes de la presente decisión y siendo las 09:50 am, se da por concluida la Audiencia Oral de Juicio con la firma de la presente acta. Publíquese y regístrese la presente decisión. Déjese copia cert.....