En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el acuerdo de las partes, en los términos en que las partes lo establecieron y le da el carácter de cosa juzgada. Se acuerda la copia certificada solicitada, se da por terminado el juicio y se ordenará el cierre y archivo definitivo del expediente, así como remitirlo a la coordinación judicial, una vez que conste en autos la cancelación del último pago. Es todo, se leyó y conformes firman.-