PRIMERO. SE HOMOLOGA el convenio transaccional que suscribieron MILAGROS DEL VALLE MUJICA, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.538.673, y la empresa AUTOLAVADO EL CASTILLO, plenamente identificados en autos y le da efecto de cosa juzgada con fuerza de ley entre las partes.
SEGUNDO. SE DA POR CONCLUIDO este asunto y se ordena su archivo definitivo una vez conste en autos el pago acordado. Se ordena la entrega del material probatorio presentado en la instalación de la audiencia preliminar.