Se declaró INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal 2° del Ministerio Público del estado Guárico, Abogado Richard Monasterios, contra la medida cautelar sustitutiva de libertad otorgada por el juez de control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión Calabozo, mediante decisión de fecha 25-08-2006, dictada en la audiencia de presentación del detenido. Todo de conformidad con los artículos 243, 262, 433, 436 y 437 literal "A" del Código Orgánico Procesal Penal.