Se declaró LA NULIDAD ABSOLUTA del fallo publicado el 04 de Julio del 2007, por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, en el proceso seguido al ciudadano José Manuel Hurtado Castillo; y por vía de consecuencia, repone al estado de que se dicte nuevo fallo con prescindencia del vicio observado, debiendo señalar en la nueva decisión, cuál fue la resolución dictada en la audiencia de presentación del mencionado ciudadano. Se declara la nulidad absoluta de todas las actuaciones realizadas con posterioridad al fallo anulado. Será contra la nueva decisión que se interpongan los recursos ordinarios de ley. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 190, 191, 192, 195, 196 del Código Orgánico Procesal Penal.