Se declaró INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Miguel Ledezma, inscrito en el INPREABOGADO, bajo el N° 67.847, actuando en su condición de defensor privado del ciudadano Antonio José Moreno Machado, contra la decisión dictada por el Juez de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, de fecha 04-07-2006, mediante la cual negó a la defensa la solicitud de diferimiento de la audiencia para decidir sobre la desestimación de la denuncia. Todo de conformidad con los artículos 432, 437 letra "C", 444 y 446 del Código Orgánico Procesal Penal.