SE DECLARO INADMISIBLE la acción constitucional interpuesta por el Abg. Manuel José Cotelo Jaramillo, actuando en su condición de defensor del ciudadano Héctor Rafael Sáez Pérez, quien se encuentra recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, por haber sido condenado al cumplimiento de la pena de 08 años, 16 días y 12 horas de prisión, por la comisión del delito de Robo a Mano Armada y Porte Ilícito de Arma Blanca. Todo de conformidad con los artículos 5 y 6 ordinal 5° de Ley Orgánica de Amparos Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.