Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara Inadmisible, la presente acción de amparo constitucional, presentada por la Abg. Marydeé Rodríguez Carrillo, a la sazón de representante judicial del imputado José Javier Tablante, según la causa Nº JP01-P-2010-005255, del Juzgado 1º de Control de éste Circuito Judicial Penal, con sede en San Juan de los Morros. Se funda la decisión en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Diarícese. Publíquese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZ PRESIDENTE (PONENTE),
ABG. ABG. YAJAIRA MORA BRAVO
LA JUEZ,
ABG. KENA DE VASCONCELOS VENTURI
EL JUEZ,
ABG. ALVARO COZZO TOCINO
LA SECRETARIA,
ABG. MILAGROS SALAZAR
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
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