Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Fiscal Undécimo del Ministerio Público, y por vía de consecuencia, confirma la decisión publicada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua en fecha 19-09-2007, mediante la cual impuso medidas cautelares sustitutivas a las medidas privativas de libertad, a los ciudadanos José Ángel Lima Siso, Carapa Lima Gelson Donato, Julio César Carapa, y Jiménez Ortega Willians José, por su presunta participación en la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal vigente. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 9, 250, 251, 256 numeral 3°, 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Con voto salvado del juez Rafael González Arias.