Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Decio Celstino Díaz Tovar, actuando en su condición de defensor privado del imputado José Gregorio Montes Campos, contra la decisión dictada por el juez de control N° 02, de fecha 04-06-07, mediante la cual se dictó medida judicial de privación preventiva de la libertad contra el mencionado ciudadano por la presunta comisión del delito de abuso sexual contra niño, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y Adolescente. En consecuencia se ratifica la decisión judicial impugnada. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente y los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.