Se declaró: 1.- Desistido el recurso de apelación interpuesto por los abogados Néstor Gustavo Quintero y Amado Antonio Molina, actuando en su carácter de defensores privados de los imputados Ronald Oswal Romero Aponte, Diógenes Alexander Bandres Rondón, Miguel Ángel Vargas, Jesús Rafael Rodríguez Loreto, Edinson José Duran Martínez, José Miguel Herrera Graterol, Julio Cesar Osorio y Javier Alexander Quintero Manzano, contra la decisión de fecha 18-05-07, dictada por el Juez de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, mediante la cual se impuso medida judicial de privación preventiva de la libertad contra los indicados ciudadanos, por la presunta comisión del delito de Homicidio Preterintencional en grado de complicidad correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en correspondencia con los artículos 410 y 424 de la indicada ley penal sustantiva. 2.- De oficio la nulidad absoluta de la decisión dictada por el Juez de Control .....