DISPOSITIVA: Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: Declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados DANIEL MONTANI VILORIA y MARYDEE RODRÍGUEZ CARRILLO, actuando como Defensores Públicos Quinto (5º) y Onceava (11ª), con competencia en Materia Penal Ordinario en Fase de Ejecución de Sentencias, adscritos a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de Los Morros, respectivamente, en contra de las decisiones del Juzgado Primero (1º) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de Los Morros, ambas de fecha 24 de agosto de 2016, que declararon improcedente la apertura del procedimiento para la Suspensión Condicional de la E.....