Se declaró SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Penal N° 07 (E), abogado Daniel Montani Vitoria, actuando en su condición de defensor de los ciudadanos: Reynaldo Rafael Anzola Gutiérrez, Ricardo Antonio González Sandoval y Luis Ángel Ríos Arévalo, contra la decisión de fecha 09/08/2007, dictada por el juez de control N° 03 del Estado Guárico, mediante el cual dictó contra los mencionados ciudadanos, medida judicial de privación preventiva de libertad, por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En consecuencia se confirma la decisión judicial impugnada en cuanto a la calificación jurídica de aprovechamiento de cosas provenientes del delito previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, y ocultamiento de sustancias e.....