Se declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Decimocuarta del Ministerio Público auxiliar, contra la decisión del Juzgado Segundo de control de este circuito, del 28-07-2006, que se desestimo la acusación contra Orlando Amilcar Arciles Aparicio, por la comisión del delito de Ocultamiento de Armas de Fuego, decretando por vía de consecuencia el sobreseimiento de la causa, siendo por ello que se revoca la sentencia accionada y se ordena a un nuevo juez de control de este circuito que conozca del asunto y resuelva sobre la admisibilidad o no del acto conclusivo fiscal. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 447 ordinal 5°, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal., en concordancia con los artículo 318.3.4 eiusdem.