Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Isabel Cristina Flores, en su carácter de Defensora del imputado Edwin Valentín Villegas Milano, contra la decisión dictada por del Tribunal de Control N° 03, Extensión Valle de la Pascua del Estado Guárico, de fecha 12-07-2007 mediante la cual se ordena la aprehensión del referido ciudadano, ratificada en fecha 16/07/2007 en la oportunidad de Decretar la Prisión Preventiva de Libertad como Medida de Coerción Personal. En consecuencia se confirma la decisión judicial impugnada. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos, 26, 44.1, 49.1 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 432, 433, 435, 436, 447.4, 448, 449 y 450, 250.1.2.3, 251 parágrafo primero y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 405 del Código Penal.