Se declaró con lugar la inhibición formulada por el Juez de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Abg. Ramón Vivas Frontado, para separarse del conocimiento del asunto tipo penal N° JP01-P-2006-002841, en la cual aparece como interviniente la Policlínica San Juan. Todo de conformidad con el Artículo 86 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 eiusdem