Se declaró, sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Emile Marco Moreno Gamboa, de la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Público del Estado Guárico, contra la sentencia absolutoria de fecha 10 de julio de 2007, que suscribe el Juzgado Segundo Mixto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, y que absuelve al acusado Pablo Johan Flores Morales, del delito de Ocultamiento de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas (artículo 31 Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas); por lo que en consecuencia se confirma la sentencia demandada. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 451, 452.2.4, 453, 454, 455, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.