Se declaró, parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Danixa España, Defensora Pública Sexta Penal del Estado Guárico, en la condición que denuncian los autos, contra sentencia definitiva del Juzgado Primero Mixto de Juicio de este Circuito, del 18-09-2006, que condenó a los acusados Freddy Alexis Hernández Daniel y Ernesto Enrique Sánchez Paraco, por su responsabilidad en el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en los artículos 455 y 458 del Código Penal, cometido en agravio de Javier Alexander García Díaz y Otros, por lo que en consecuencia se le impone a ambos encausados la pena de 11 años de prisión, por el tipo penal supra mencionado, todo ello conforme a los articulos 455, 458, 37; 74.4; 77.12; y 16 del Código Penal, por lo que en consecuencia queda reformada parcialmente la sentencia apelada, en los términos de la presente providencia. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 451, 452.4, 453, 454, 455, 456 y 457 del C.....