IV
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso de nulidad incoado por el ciudadano Ronaldo Mendoza Mendoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.1363.679, asistido por los abogados Nilo Rafael Hernández Hernández y Lilia Josefa Chacón Maldonado, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.560.408 y V- 13.763.455 respectivamente, inscritos en el inpreabogado bajos los Nros. 69.357 y 186.879 en se oren,contra el acto administrativo emanado del Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en sesión N° 527-13, punto de cuenta N° 01, de fecha 05 de agosto de 2.013, el cual acordó declaratoria de tierras ociosas o de uso no conforme, inicio de procedimiento d.....