DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA PENAL, seguida al ciudadano GUZMÁN PADRÓN ARGENIS RAFAEL, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 15.246.307, de 27 años de edad, natural de Ciudad Bolívar Estado Bolívar, en el Tribunal Control Nº 01 de Ciudad Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en virtud de que el mismo está siendo requerido por el referido Tribunal según información aportada por el Sistema de Información Policial (SIIPOL), todo ello de conformidad con lo previsto el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en relación con los artículos 57 y 61 ambos del Código Orgánico.....